Yolanda Fernández Dice

jueves, octubre 19, 2006

DEONTOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN

Este post fue preparado como una exclusiva contribución para mis muchachos de la sección I-33 de Publicidad y Mercadeo del CUPJLPR. A ellos va dirigido y ojalá pueda allanarles el camino en la búsqueda de los
aspectos introductorios del tema planteado.


El diccionario de la Real Academia Española define la palabra deontología como "ciencia o tratado de los deberes". En consecuencia, la deontología de la investigación debe entenderse como la ciencia o tratado de los deberes relacionados con la investigación. Podemos suponer la existencia de unas reglas de juego necesarias para regular la actividad del investigador.
En tal sentido, es válido defender la postura que sostiene que toda actividad de investigación debe ubicarse en el marco de un código deontológico porque el investigador tiene un compromiso ético con el procedimiento que sigue para desarrollar su investigación, tiene un compromiso ético con las fuentes que consulta para obtener los datos de su investigación y tiene un compromiso ético con los efectos que los resultados de esa investigación pudieran generar.
Este compromiso ético debe manifestarse en todas las áreas del saber humano y relacionarse con toda la actividad desarrollada por el hombre. Así es necesario hablar de la existencia de una deontología policial, deontología de los administradores, deontología en la investigación médica, deontología de la investigación educativa, en fin, es importante que la actividad humana se rija por los principios de la ética y el "deber ser" previsto para cada disciplina o profesión.
Por esa razón, es necesario asumir que más allá del desarrollo científico o tecnológico, en toda profesión o actividad debe existir la preocupación por el uso que se le está dando al conocimiento y a los avances que la ciencia ofrece a la humanidad. Es importante que la búsqueda, producción y distribución del conocimiento atiendan a insoslayables razones éticas.
Por último, en la Declaración sobre la ciencia y el uso del saber científico de la Unesco (1999) se establece que "Todos los investigadores deberían comprometerse a acatar normas éticas estrictas y habría que elaborar para las profesiones científicas un código de deontología basado en los principios pertinentes consagrados en los instrumentos internacionales relativos a los derechos humanos. La responsabilidad social que incumbe a los investigadores exige que mantengan en un alto grado la honradez y el control de calidad profesionales, difundan sus conocimientos, participen en el debate público y formen a las jóvenes generaciones. Las autoridades políticas deberían respetar la acción de los científicos a este respecto. Los programas de estudios científicos deberían incluir la ética de la ciencia, así como una formación relativa a la historia y la filosofía de la ciencia y sus repercusiones culturales".
Estimados lectores, los invito a reflexionar sobre estos asuntos y a asumir una actitud responsable ante la búsqueda y difusión del conocimiento.

24 Comments:

Publicar un comentario

<< Home